Conoce cómo puedes reclamar ante la denegación de embarque, en el caso de sobreventa de billetes por parte de la aerolínea.
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Eladio García 10-05-2017 | 19 lecturas |
Cuando viajamos en avión, al igual que ocurre en cualquier otro medio de transporte, podemos vernos afectados por las consecuencias de los fallos o incidencias en los servicios que prestan los transportistas aéreos, sufriendo, por tanto, las correspondientes molestias.
De este modo, la denegación de embarque por sobreventa de billetes es uno de los inconvenientes que puede dificultarnos el desplazamiento, haciendo que el comienzo o el regreso de nuestro viaje no tenga el curso esperado.
Para estos casos, la normativa europea establece una serie de compensaciones y servicios de asistencia a los pasajeros que se hayan visto afectados por una denegación de embarque debido a la sobreventa de billetes.
Las normas se aplican en los vuelos que partan de un aeropuerto de la Comunidad Europea, al margen de la compañía que opere el vuelo, o bien que el destino del vuelo sea un aeropuerto comunitario y la compañía aérea que preste el servicio sea también comunitaria.
Recuerda que para poder embarcar necesitas contar con la reserva confirmada y estar presente con la debida antelación a la hora prevista para la salida del vuelo, o bien dentro de los límites establecidos por la compañía aérea.
Normalmente, la denegación de embarque se produce por una sobreventa de billetes para un determinado vuelo, lo que hace que el número de pasajeros que se disponen a abordar sea mayor que el número de plazas disponibles en el avión.
Esta peculiar situación está legalmente permitida, pero en estos casos el transportista aéreo tiene la obligación de convenir con algunos pasajeros la renuncia a su plaza en el vuelo, recibiendo a cambio las compensaciones acordadas.
En realidad, este problema ocurre porque las aerolíneas conocen que una parte mínima de sus pasajeros no se presenta en el momento del embarque. Esto puede ser debido a que no lleguen a tiempo o porque cancelen o abandonen sus vuelos en el último momento. Así que las aerolíneas pueden vender un número de billetes superior a la capacidad disponible en el avión, para compensar estas posibles vacantes y maximizar el rendimiento económico de sus operaciones.Si ha habido sobreventa y todos los pasajeros se presentan en el momento del embarque, la aerolínea tiene que denegar el embarque a algunos de ellos, ya que no pueden ser acomodados en las plazas disponibles en el avión.
Es estos casos, la aerolínea buscará a algunos pasajeros con los que llegar a un acuerdo para que, de modo voluntario, renuncien a su plaza en el vuelo afectado, ofreciéndoles a cambio algún beneficio que les resulte satisfactorio. Si al embarcar te ves afectado por esta situación, la aerolínea deberá ofrecerte alguna de las siguientes opciones, que puedes aceptar o no.
Además de ofrecerte alguna de estas alternativas para elegir la que más te interese, tendrá que brindarte algún beneficio adicional para compensar el inconveniente. Por ejemplo, puede ofrecerte dinero en metálico, bonos para viajar gratis en otro momento, un asiento en primera clase, etc.
Recuerda también que una vez aceptada la opción y beneficio por renunciar voluntariamente al embarque, ya no cabe reclamación posterior, de modo que todo esto debe facilitártelo por escrito la aerolínea con los documentos correspondientes.
Si no aceptas voluntariamente la denegación de embarque por efecto de la sobreventa, debes obtener un documento por escrito de dicha situación, por parte de la aerolínea o de las autoridades del aeropuerto.
Una vez obtenida la correspondiente acreditación de esta incidencia, tienes ya derecho de asistencia y de compensación.
El derecho de asistencia incluye la manutención gratuita durante el tiempo de espera, así como dos llamadas telefónicas o acceso para enviar mensajes de correo electrónico. Si el viaje se demora hasta el día siguiente, la aerolínea te deberá prestar servicio de alojamiento y transporte entre este y el aeropuerto.
El derecho de compensación incluye 250 euros para vuelos inferiores a 1.500 kilómetros, 400 euros para vuelos entre 1.500 y 3.500 kilómetros, y 600 euros para vuelos superiores a 3.500 kilómetros.
Además, en cualquier caso, siempre puedes reclamar posteriormente por los daños y perjuicios que te haya podido ocasionar la denegación de embarque y el consiguiente retraso en tu viaje.
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